Este proyecto de ley propone incorporar a la Ley Electoral de la Provincia de Buenos Aires (Ley 5.109) la obligación de incluir a personas jubiladas en las listas de candidatos a cargos electivos, estableciendo un cupo mínimo del 10% tanto para candidaturas titulares como suplentes. Esta propuesta busca garantizar la representación efectiva de los adultos mayores en los ámbitos institucionales de decisión de la Legislatura bonaerense, adaptando nuestro sistema electoral a una realidad demográfica marcada por el aumento de la esperanza de vida y la necesidad de integrar las perspectivas, necesidades y problemáticas específicas de este sector de la población.
La iniciativa se fundamenta en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, la cual cuenta con jerarquía constitucional y reconoce el derecho de las personas mayores a ser elegidas y participar en la vida política y pública en igualdad de condiciones. Al igual que ocurrió con la Ley de Paridad de Género, este proyecto busca implementar criterios de representación etaria que reflejen la diversidad de nuestra sociedad y fortalezcan la representatividad democrática, permitiendo que quienes han alcanzado la edad jubilatoria —independientemente de su régimen previsional nacional o provincial— tengan una presencia activa en el proceso de formación de las políticas públicas.
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