Las Asociaciones Civiles que tengan como objeto la promoción y defensa de los derechos de las mujeres, la igualdad entre los géneros, o la democracia paritaria, podrán actuar como parte en los procesos judiciales o administrativos en que existan indicios de discriminación o violencia contra la mujer en los términos de la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer”.
Asimismo se faculta al Poder ejecutivo provincial, a través del organismo competente y a las asociaciones civiles que tengan como objeto la defensa de los niños, niñas y adolescentes, cuando existan indicios de que se ha ejercido violencia física, moral o económica de parte de sus progenitores.
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