La regulación de las actividades que realizan los Administradores de Consorcios, en la provincia de Buenos Aires, es una función cada vez más importante por ese motivo sabemos de la necesidad de actualizar cuestiones puntuales de la ley 14.701 que establece la relación entre consorcistas y administradores.
Leer más: Actualización de la regulación de actividades entre consorcistas y administradores| Proyecto de leyAdemás del pedido de los vecinos, está claro que el incesante incremento en la cantidad de habitantes de la provincia de Buenos Aires que han optado por vivir en edificios encuadrados en el régimen de propiedad horizontal, cuya construcción además se ha multiplicado exponencialmente en estos últimos años -sobre todo en el conurbano y las grandes ciudades-; impone la necesidad de actualizar cuestiones puntuales de la ley 14.701 en lo que respecta a aspectos de la administración de sus respectivos consorcios.
La propuesta impulsada deriva del análisis de la realidad por la que atraviesan los consorcistas tomando en consideración las inquietudes, planteos y sugerencias puestas de manifiesto por distintas asociaciones y entidades intermedias que nuclean la actividad y contribuirá a solucionar problemas cotidianos vinculados a cuestiones de diversa índole en el ámbito del funcionamiento del Consorcio, referidas a obligaciones y honorarios del Administrador, formalidades de las liquidaciones de expensas y requisitos para contratar.
Por eso impulsamos que se modifíquen los artículos 8, 11, 13 y 15 de la ley 14.701 de la Provincia de Buenos Aires (B.O. 18/3/2015) que regula la actividad de los administradores de consorcios
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